FAQs


He sufrido un accidente de circulación. ¿Cuál es el plazo para reclamar?

En el caso de haber sufrido lesiones derivadas de un accidente de circulación, debemos distinguir dos plazos. En primer lugar, tenemos seis meses desde la fecha del siniestro para presentar una denuncia ante el Juzgado de Instrucción por una falta de lesiones. En segundo lugar, debemos saber que contamos con un año desde la fecha del siniestro o desde la fecha de estabilización de las lesiones para interponer una demanda ante los Juzgados de Primera Instancia. En cualquier caso, si hace menos de un año que sufriste un accidente de circulación, puedes reclamar. Si hace menos de un año que recibiste el alta médica, también puedes reclamar.

En el caso de daños a los consumidores y usuarios derivados de productos defectuosos, el plazo para solicitar una indemnización es de 3 años.

He sufrido un accidente de circulación. ¿Tengo que dar parte a mi compañía aseguradora?

Si has sufrido un accidente de circulación, tienes el plazo legal de siete días para comunicárselo de forma fehaciente a tu aseguradora a fin de que tramite el siniestro.

El vehículo causante del accidente se ha dado a la fuga. ¿Puedo reclamar?

Si has sufrido lesiones, puedes reclamar. Lexland Abogados tramitará tu reclamación contra el Consorcio de Compensación de Seguros, la entidad aseguradora de Derecho Público responsable de indemnizar aquellas lesiones sufridas por personas cuando el vehículo contrario se da a la fuga.

El vehículo causante del accidente no tiene seguro ¿Puedo reclamar?

Puedes reclamar. Al igual que en el caso de fuga del causante del siniestro, el Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de tu indemnización.

Mi vehículo ha estado reparándose varias semanas y no he podido trabajar durante ese tiempo. Soy autónomo y necesito mi vehículo para obtener rendimientos económicos. ¿Tengo derecho a una indemnización?

En ocasiones, profesionales como los transportistas, taxistas o distribuidores ejercen su actividad profesional gracias a su vehículo. Cuando éste se estropea, han de dejar de trabajar hasta su completa reparación, con la consiguiente pérdida de ingresos económicos. Lexland Abogados puede reclamar el lucro cesante o las ganancias dejadas de percibir a consecuencia del accidente. Llámanos y cuéntanos tu caso.

He sufrido un accidente de circulación. ¿Qué documentación necesito mostrar a mi Abogado?

Deberás aportar a tu Abogado una fotocopia de tu DNI, la declaración amistosa de accidente, los nombres y datos de contacto de los testigos, tu póliza de seguro, copia de la última prima abonada a tu compañía aseguradora, toda la documentación médica acreditativa de tus lesiones y facturas de farmacia, fisioterapia así como toda aquella documentación que sirva para acreditar los daños y lesiones sufridas.

Mi póliza incluye una cláusula denominada “defensa jurídica”. ¿Qué significa?

Esto quiere decir que tu póliza de seguro incluye tu derecho a nombrar un Abogado independiente y de tu libre elección, que defenderá tus intereses y derechos al margen de los de la aseguradora. Lexland Abogados siempre te aconseja el asesoramiento de un Abogado independiente experto en la materia. Tu Abogado independiente mirará por tus intereses, no por los de la compañía que le paga.

¿Cuánto cuesta una reclamación por daños y perjuicios?

Lexland ofrece a sus clientes varias tarifas, entre ellas, la tarifa No win no fee o Si no gana, no paga. Esta tarifa es muy competitiva y permite al lesionado reclamar su indemnización sin necesidad de adelantar honorarios de Abogado. El cliente solo paga cuando se gane su caso y reciba su indemnización.

Mi aseguradora me ha remitido un finiquito con la indemnización que me corresponde. ¿Qué hago?

Lexland Abogados te aconseja que siempre dejes la valoración de la indemnización que te corresponde en manos de expertos en la materia, pues en ocasiones, existen varias indemnizaciones que son compatibles entre sí y las aseguradoras tienden a ofrecer menos de lo que te corresponde. Si firmas tu aceptación del finiquito, no podrás reclamar indemnización posteriormente.

¿Cómo se calcula una indemnización?

En los casos en los que las lesiones o daños son causados a consecuencia de un accidente de circulación, la indemnización se calcula conforme al Sistema para la Valoración de  los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, que se encuentra como Anexo al Real Decreto Legislativo 8/2004. Este sistema es comúnmente denominado Baremo.

En cambio, si nos encontramos fuera del ámbito de los accidentes de circulación, los jueces y tribunales podrán aplicar el baremo. Si no lo hicieran, deberán motivar las partidas de cada indemnización que otorgan.

¿Quién determinará el alcance de mis lesiones?

Una vez presentemos una denuncia en el Juzgado, será el Médico Forense adscrito a los Juzgados el profesional independiente que de forma gratuita te examinará y determinará qué lesiones tienes y cuantos días tardarás en recuperarte de ellas.

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